Cile
In vigore DFL 12 unità
FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL
DFL 33cl-legislative-decree-2008-11-20-3318 ott 2017
- Articolo 1
- Articolo 2 Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican a continuación:
- Articolo 3 Sin perjuicio de lo previsto en los artículos anteriores, la planta de cargos afectos a la Ley N° 15
- Articolo primero
- Articolo segundo
- Articolo tercero
- Articolo cuarto Para efectos del encasillamiento del personal en la planta de profesionales, los funcionarios pertenecientes a ella se someterán a las siguientes normas especiales:
- Articolo quinto
- Articolo sexto Los cargos señalados en el artículo primero transitorio y el encasillamiento a que éste dé lugar, regirán a contar del día 1° de Julio de 2008
- Articolo séptimo
- Articolo octavo
- Articolo noveno Fíjase para el año 2008, la dotación máxima de personal como se indica a continuación, sin perjuicio de las variaciones de dotación que autorice la Ley de Presupuestos del Sector Público para dicho