🇨🇱 Cile
In vigore DFL 51 unità
ESTABLECE EL ESTATUTO GENERAL SOBRE ORGANIZACIÓN, GOBIERNO, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS UNIVERSIDADES DEL ESTADO
DFL 4cl-legislative-decree-2019-09-06-46 set 2019
- Articolo 1 Definición
- Articolo 2 Ámbito de aplicación del estatuto general
- Articolo 3 Marco Normativo
- Articolo 4 Órganos superiores
- Articolo 5 Otras autoridades
- Articolo 6 Definición
- Articolo 7 Integrantes
- Articolo 8 Remoción
- Articolo 9 Inhabilidades e incompatibilidades
- Articolo 10 Dieta de consejeros que no pertenezcan a la universidad
- Articolo 11 Calidad jurídica de consejeros que no pertenezcan a la universidad
- Articolo 12 Funciones del Consejo Superior
- Articolo 13 Normas sobre quórum de sesiones y de aprobación de materias del Consejo Superior
- Articolo 14 Funcionamiento interno del Consejo Superior
- Articolo 15 Definición y funciones
- Articolo 16 Atribuciones específicas
- Articolo 17 Elección del Rector
- Articolo 18 Causales de remoción del Rector
- Articolo 19 Subrogancia
- Articolo 20 Definición
- Articolo 21 Integrantes del Consejo Universitario
- Articolo 22 Funciones del Consejo Universitario
- Articolo 23 Elección y designación de los integrantes del Consejo Universitario
- Articolo 24 Funcionamiento interno
- Articolo 25 Definición
- Articolo 26 Contralor universitario
- Articolo 27 Procedimiento de selección
- Articolo 28 Remoción
- Articolo 29 Subrogancia
- Articolo 30 Dependencia técnica
- Articolo 31 Estructura interna de la Contraloría Universitaria
- Articolo 32 De la calidad institucional
- Articolo 33 Del aseguramiento de la calidad y procesos de acreditación
- Articolo 34 El Comité de Aseguramiento de la Calidad
- Articolo 35 Atribuciones y funciones
- Articolo 36 Reglamentación interna
- Articolo 37 Régimen jurídico de la gestión administrativa y financiera
- Articolo 38 Normas aplicables a los contratos administrativos de suministro y prestación de servicios
- Articolo 39 Ejecución y celebración de actos y contratos
- Articolo 40 Exención de tributos
- Articolo 41 Control y fiscalización de la universidad del Estado
- Articolo 42 Régimen jurídico de académicos y funcionarios no académicos
- Articolo 43 Carrera académica
- Articolo 44 Comisiones de servicio en el extranjero
- Articolo 45 Capacitación y perfeccionamiento de funcionarios no académicos
- Articolo 46 Contratación para labores accidentales y no habituales
- Articolo 47 Actos atentatorios a la dignidad de los integrantes de la comunidad universitaria
- Articolo primero El presente decreto con fuerza de ley comenzará a regir a contar del 6 de junio de 2021
- Articolo segundo
- Articolo tercero Se considerará como primer periodo del cargo, para la aplicación del artículo 17 del presente estatuto, aquel que haya asumido el Rector bajo la vigencia de la ley Nº 21
- Articolo cuarto