MODIFICA LAS PLANTAS DE PROFESIONALES DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y REGULA OTRAS MATERIAS A LAS QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA LEY N° 21.106
Articolo 8De la convocatoria al concurso interno de encasillamiento
In vigore · versione del 10 ott 2019
Artículo 8°. De la convocatoria al concurso interno de encasillamiento. La convocatoria al concurso interno de encasillamiento se dispondrá mediante resolución exenta del Director de cada Servicio de Salud, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que se hayan dictado, por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, las Bases Generales de Concurso.