Spagna
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Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990.

Ley 4/1990es-law-1990-06-29-4

  1. Preambolo Preámbulo
  2. Preambolo Preámbulo
  3. Articolo 1 Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado
  4. Articolo 2 De la aprobación de los estados de gastos de ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente Ley
  5. Articolo 3 De los beneficios fiscales
  6. Articolo 4 De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley
  7. Articolo 5 De la Cuenta de operaciones comerciales de los Organismos Autónomos de carácter comercial, industrial, financiero o análogo
  8. Articolo 6 De los presupuestos de los Entes referidos en las letras f), g) y h) del artículo 1 de esta Ley
  9. Articolo 7 Del presupuesto de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local
  10. Articolo 8 Principios generales
  11. Articolo 9 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias
  12. Articolo 10 De la limitación al reconocimiento de obligaciones
  13. Articolo 11 De la Seguridad Social
  14. Articolo 12 Compromisos de gastos en materia de vivienda
  15. Articolo 13 Contratación directa de inversiones
  16. Articolo 14 Contratación en el ámbito de la Administración del Estado
  17. Articolo 15 Revisión de precios
  18. Articolo 16 Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de Centros Concertados
  19. Articolo 17 Autorización de los costes de personal de las Universidades de competencia de la Administración del Estado
  20. Articolo 18 De la gestión presupuestaria de la Seguridad Social
  21. Articolo 19 Personal al servicio del Sector Público no sometido a legislación laboral
  22. Articolo 20 Personal laboral
  23. Articolo 21 Retribuciones de los altos cargos
  24. Articolo 22 Retribuciones de los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984
  25. Articolo 23 Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
  26. Articolo 24 Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  27. Articolo 25 Retribuciones del Voluntariado Especial de la Guardia Civil
  28. Articolo 26 Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía
  29. Articolo 27 Retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia
  30. Articolo 28 Retribuciones del personal de la Seguridad Social
  31. Articolo 29 Retribuciones de los funcionarios de Cuerpos de Sanitarios Locales
  32. Articolo 30 Prohibición de ingresos atípicos
  33. Articolo 31 Recompensas, cruces y medallas
  34. Articolo 32 Otras normas comunes
  35. Articolo 33 Creaciones, reclasificaciones e integraciones
  36. Articolo 34 Modificaciones del régimen del personal activo
  37. Articolo 35 Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario
  38. Articolo 36 Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones
  39. Articolo 37 Concepto de pensiones públicas
  40. Articolo 38 Determinación inicial de pensiones de Clases Pasivas del Estado
  41. Articolo 39 Determinación inicial de pensiones especiales de guerra
  42. Articolo 40 Determinación inicial de pensiones asistenciales
  43. Articolo 41 Limitación del señalamiento inicial de pensiones públicas
  44. Articolo 42 Revalorización y modificación de los valores de pensiones públicas para 1990
  45. Articolo 43 Pensiones no revalorizables para 1990
  46. Articolo 44 Limitación del importe de la revalorización para 1990 de las pensiones públicas
  47. Articolo 45 Limitaciones para el reconocimiento de complementos para mínimos en pensiones de Clases Pasivas y de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local
  48. Articolo 46 Limitaciones para el reconocimiento de complementos para pensiones inferiores a la mínima, en el sistema de la Seguridad Social
  49. Articolo 47 Modificaciones del texto refundido de Clases Pasivas del Estado
  50. Articolo 48 Deuda Pública
  51. Articolo 49 Asunción por el Estado de deuda del Instituto Nacional de Industria
  52. Articolo 50 Información a las Cortes Generales sobre Deuda Pública
  53. Articolo 51 Fondo de Garantía Complementaria en entidades de crédito
  54. Articolo 52 Información sobre avales
  55. Articolo 53 Cancelación de deudas recíprocas entre el Estado y el Instituto de Crédito Oficial
  56. Articolo 54 Fondo de Financiación de Autopistas
  57. Articolo 55 Venta de oro y plata al Banco de España
  58. Articolo 56 Cancelación de deudas recíprocas entre la Administración del Estado y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
  59. Articolo 57 Fondo de Ayuda al Desarrollo
  60. Articolo 58 Mercado de Valores
  61. Articolo 59 Reducción del Coeficiente de Caja
  62. Articolo 60 Retirada de billetes del Banco de España
  63. Articolo 61 Garantías de las deudas con la Hacienda Pública
  64. Articolo 62 Número de identificación fiscal
  65. Articolo 63 Adjudicación a la Hacienda Pública de bienes embargados
  66. Articolo 64 Porcentaje de participación de los Municipios en los tributos del Estado
  67. Articolo 65 Participación de los Municipios en los tributos del Estado
  68. Articolo 66 Porcentaje de participación de las Provincias, Comunidades Autónomas Uniprovinciales no insulares, e Islas en los tributos del Estado
  69. Articolo 67 Participación de las Provincias, Comunidades Autónomas Uniprovinciales no insulares e Islas, en los tributos del Estado
  70. Articolo 68 Entrega a cuenta y liquidación definitiva de las participaciones a favor de las Corporaciones Locales
  71. Articolo 69 Subvenciones a las Entidades Locales por servicios de transporte colectivo urbano
  72. Articolo 70 Compensación de los beneficios rurales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales, como consecuencia de inundaciones y otras catástrofes
  73. Articolo 71 Otras subvenciones a las Entidades Locales
  74. Articolo 72 Préstamos a favor de las Corporaciones Locales por la supresión de los recursos tributarios definidos en la Ley 24/1983, de 21 de diciembre
  75. Articolo 73 Asunción por los Ayuntamientos de la recaudación de los tributos que se especifican
  76. Articolo 74 Información a suministrar por las Corporaciones Locales
  77. Articolo 75 Porcentaje de participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado durante el quinquenio 1987-1991, aplicables a partir de 1 de enero de 1990
  78. Articolo 76 Participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado
  79. Articolo 77 Liquidación definitiva de la participación de las Comunidades Autónomas en los Ingresos del Estado para 1989
  80. Articolo 78 Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de nuevos servicios traspasados
  81. Articolo 79 Fondo de Compensación Interterritorial y compensación transitoria
  82. Articolo 80 Reordenación de Organismos Autónomos y Entidades Públicas
  83. Articolo 81 Reorganización de la Administración Turística Española
  84. Articolo 82 Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea
  85. Articolo 83 Centro de Arte Reina Sofía
  86. Articolo 84 Centro de Investigaciones Sociológicas
  87. Articolo 85 Escuela Nacional de Sanidad
  88. Articolo 86 Del Patrimonio del Estado
  89. Articolo 87 Régimen Patrimonial de los Organismos autónomos
  90. Articolo 88 Titularidad de los permisos y concesiones previstos en la Ley 21/1974
  91. Disposizione adicional primera Régimen de Seguridad Social de los funcionarios civiles de la Administración del Estado
  92. Disposizione adicional segunda Obligación de cotizar a la Seguridad, Social por los salarios de tramitación abonados por el Estado
  93. Disposizione adicional tercera Seguros de Responsabilidad Civil
  94. Disposizione adicional cuaa Estadísticas de cumplimentación obligatoria
  95. Disposizione adicional quinta Interés Legal del Dinero
  96. Disposizione adicional sexta Operaciones de Seguro por Entidades de Ahorro
  97. Disposizione adicional septima Garantía del Estado para obras de interés cultural
  98. Disposizione adicional octava Seguro de Crédito a la Exportación
  99. Disposizione adicional novena De la gestión recaudatoria de determinados ingresos de la Seguridad Social
  100. Disposizione adicional decima Incorporación al Régimen del Mutualismo Administrativo
  101. Disposizione adicional undecima Sorteo a favor de la Asociación Española contra el Cáncer
  102. Disposizione adicional duodecima Censo Oficial de Exportadores Españoles
  103. Disposizione adicional decimotercera Requisitos para el ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas
  104. Disposizione adicional decimocuaa Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
  105. Disposizione adicional decimoquinta Seguimiento de objetivos
  106. Disposizione adicional decimosexta Prestaciones extraordinarias por actos de terrorismo
  107. Disposizione adicional decimoseptima Patrimonio de los Fondos de Garantías de Depósitos
  108. Disposizione adicional decimoctava Indemnizaciones a favor de quienes sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 4611977, de 15 de octubre, de amnistía
  109. Disposizione adicional decimonovena Minería del carbón
  110. Disposizione adicional vigesima Oficina Presupuestaria
  111. Disposizione adicional vigesimaprimera
  112. Disposizione adicional vigesimasegunda
  113. Disposizione adicional vigesimatercera
  114. Disposizione adicional vigesimacuaa
  115. Disposizione adicional vigesimaquinta
  116. Disposizione adicional vigesimasexta
  117. Disposizione adicional vigesimaseptima
  118. Disposizione adicional vigesimaoctava
  119. Disposizione transitoria primera Regularización del período de prórroga de los Presupuestos
  120. Disposizione transitoria segunda Retribuciones del personal contratado administrativo
  121. Disposizione transitoria tercera Relaciones de puestos de trabajo
  122. Disposizione transitoria cuaa Régimen Especial de la Seguridad Social de los funcionarios de la Administración Local
  123. Disposizione transitoria quinta Impuestos Especiales
  124. Disposizione transitoria sexta Fondo de Solidaridad
  125. Disposizione transitoria septima Seguro de Crédito a la Exportación
  126. Disposizione final primera Imputación de créditos del presupuesto prorrogado
  127. Disposizione final segunda Autorización al Presidente del Gobierno en materia de reestructuraciones administrativas
  128. Disposizione final tercera Cotización a las Mutualidades Generales de Funcionarios
  129. Disposizione final cuaa Plan de Empleo Rural
  130. Disposizione final quinta Recompensas, cruces y medallas
  131. Disposizione final sexta Plantilla de las Fuerzas Armadas
  132. Disposizione final septima Patronato de Casas de Defensa
  133. Disposizione final octava Régimen de indemnización de testigos
  134. Disposizione final novena Reglamento de Organización, Funcionamiento y Personal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas
  135. Disposizione final decima Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana
  136. Disposizione final undecima Pensiones vitalicias
  137. Disposizione final duodecima Entrada en vigor
  138. Disposizione derogatoria primera Seguro de Crédito a la Exportación
  139. Disposizione derogatoria segunda Funcionarios civiles del Estado
  140. Disposizione derogatoria tercera Operaciones de seguro por Entidades de ahorro
  141. Disposizione derogatoria cuaa Concesión de ayudas a empresas periodísticas y agencias informativas
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Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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