Ley 8/1998

Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Definición y destino

Articolo 3Naturaleza jurídica

Articolo 4Fines

Articolo 5De las competencias

Articolo 6Tipos de vías pecuarias

Articolo 7Fondo documental

Articolo 8Red de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid

Articolo 9Vías de interés natural y cultural

Articolo 10Recuperación, ampliación y defensa

Articolo 11Recuperación de oficio

Articolo 12Investigación

Articolo 13Clasificación

Articolo 14Delimitación provisional

Articolo 15Deslinde

Articolo 16Amojonamiento

Articolo 17Señalización

Articolo 18Creación y ampliación de vías pecuarias

Articolo 19Restablecimiento

Articolo 20Desafectación

Articolo 21Destino de los terrenos desafectados

Articolo 22Enajenación, cesión y permuta

Articolo 23Modificaciones del trazado

Articolo 24Procedimiento para acordar la modificación

Articolo 25Las vías pecuarias y los planes de ordenación territorial

Articolo 26Modificaciones del trazado como consecuencia de una nueva ordenación territorial

Articolo 27Modificaciones del trazado por la realización de obras públicas

Articolo 28Cruces de las vías pecuarias por una obra pública

Articolo 29Plan de uso y gestión

Articolo 30Del uso característico y prioritario

Articolo 31De los usos comunes compatibles

Articolo 32De los usos comunes complementarios

Articolo 33Del uso y aprovechamiento especial recreativo, cultural, deportivo y educativo

Articolo 34De la revocación de autorizaciones

Articolo 35Principios generales

Articolo 36Autorizaciones especiales de tránsito

Articolo 37De las ocupaciones temporales por obras públicas

Articolo 38De otras ocupaciones temporales

Articolo 39Concesiones de uso de terrenos de vías pecuarias mediante instalaciones desmontables

Articolo 40Aprovechamiento de las vías pecuarias mediante autorización

Articolo 41Garantías

Articolo 42Limitaciones de la velocidad en el tránsito por las vías pecuarias

Articolo 43Prohibiciones especiales

Articolo 44Carácter finalista de las cantidades percibidas por la administración

Articolo 45Silencio negativo

Articolo 46Colaboración con las corporaciones locales

Articolo 47Red nacional de vías pecuarias

Articolo 48Convenios con otras comunidades

Articolo 49Disposición general

Articolo 50De las funciones de policía, vigilancia e inspección en materia de vías pecuarias

Articolo 51Reparación de daños e indemnización

Articolo 52Medidas provisionales y cautelares

Articolo 53Personas responsables

Articolo 54Criterios para la graduación de las sanciones

Articolo 55Competencia

Articolo 56Acción pública

Articolo 57Procedimiento

Disposizione adicional unica

Disposizione transitoria primera

Disposizione transitoria segunda

Disposizione final primera

Disposizione final segunda

Disposizione final tercera

Disposizione final cuarta

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

citenza.io