Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Articolo 537Revocación de la resolución ejecutada provisionalmente en segunda instancia
In vigore · versione del 8 ott 2026
Artículo 537. Revocación de la resolución ejecutada provisionalmente en segunda instancia.
Cuando se revocare la sentencia dictada en segunda instancia y provisionalmente ejecutada, serán de aplicación los artículos 533 y 534.