Ley 3/2008

Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Creación y naturaleza

Articolo 2Funciones de la Agencia Tributaria

Articolo 3Principios generales de organización y actuación de la Agencia Tributaria y relaciones con la consejería competente en materia de hacienda

Articolo 4Atención a los contribuyentes

Articolo 5Régimen jurídico de la Agencia Tributaria

Articolo 6Órganos de la Agencia Tributaria

Articolo 7La Presidencia

Articolo 8El Consejo General

Articolo 9La Dirección

Articolo 10El Consejo de Dirección

Articolo 11La Comisión Asesora de la Agencia Tributaria

Articolo 12Estructura de la Agencia Tributaria

Articolo 13Representación y defensa en juicio

Articolo 14Personal de la Agencia Tributaria

Articolo 15Oferta pública de empleo y procedimientos de selección y provisión

Articolo 16Formación del personal

Articolo 17Personal directivo

Articolo 18Contratación

Articolo 19Responsabilidad patrimonial

Articolo 20Patrimonio

Articolo 21Recursos económicos

Articolo 22Presupuesto

Articolo 23Gestión económica y régimen de control y contabilidad

Articolo 24Convenios de colaboración

Articolo 25Colaboración en el ámbito tributario

Articolo 26Informe al Parlamento

Disposizione adicional primeraMantenimiento de los convenios y otros instrumentos jurídicos

Disposizione adicional segundaMantenimiento de los bienes adscritos

Disposizione adicional terceraTraspaso del personal a la Agencia Tributaria y adscripción a la relación de puestos de trabajo de la Agencia

Disposizione adicional cuartaCreación del cuerpo de control, inspección y administración tributaria

Disposizione adicional quintaCreación del cuerpo técnico de inspección y gestión tributaria

Disposizione adicional sextaCreación del cuerpo administrativo tributario

Disposizione adicional séptimaCreación del cuerpo auxiliar tributario

Disposizione adicional octava

Disposizione adicional novena

Disposizione transitoria primeraProcedimientos en curso

Disposizione transitoria segundaoporte en la gestión de los servicios comunes

Disposizione transitoria terceraRepresentación del personal

Disposizione derogatoria únicaNormas que se derogan

Disposizione final primeraModificación de las normas de gestión recaudatoria contenidas en la Ley 10/2003, de 22 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas

Disposizione final segundaModificación del texto refundido de la Ley de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio

Disposizione final terceraModificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma

Disposizione final cuartaReferencias al director o a la directora general de Tributos y Recaudación

Disposizione final quintaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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