Ley 22/2009

Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto de la Ley

Articolo 2Necesidades globales de financiación en el año base. Suficiencia estática

Articolo 3Necesidades de financiación en el año 2007

Articolo 4Recursos adicionales que se integran en el Sistema

Articolo 5Recursos adicionales que se integran en el Sistema de Financiación en el año 2009

Articolo 6Recursos adicionales que se integran en el Sistema de Financiación en el año 2010

Articolo 7Recursos financieros del Sistema en el año base 2007

Articolo 8Capacidad tributaria

Articolo 9Transferencia del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales

Articolo 10Fondo de Suficiencia Global

Articolo 11Evolución del sistema de financiación. Suficiencia dinámica

Articolo 12Tarifa autonómica del IRPF: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Articolo 13Cesión del 50 por ciento de la recaudación líquida por IVA: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Articolo 14Cesión del 58 por ciento de la recaudación líquida por el Impuesto sobre la Cerveza: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Articolo 15

Articolo 16Cesión parcial de la recaudación líquida por los tipos estatales del Impuesto sobre Hidrocarburos: determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Articolo 17Cesión del 58 por ciento de la recaudación líquida por el Impuesto sobre Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Articolo 18Cesión del 100 por cien de la recaudación líquida por el Impuesto sobre la Electricidad: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Articolo 19Transferencia del Fondo de Garantía: Entregas a cuenta y liquidación definitiva

Articolo 20Fondo de Suficiencia Global: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva

Articolo 21Revisión del Fondo de Suficiencia Global

Articolo 22Fondos de Convergencia Autonómica

Articolo 23Fondo de Competitividad

Articolo 24Fondo de Cooperación

Articolo 25Tributos cedidos

Articolo 26Rendimiento que se cede

Articolo 27Normativa aplicable a los tributos cedidos

Articolo 28Residencia habitual de las personas físicas

Articolo 29Domicilio fiscal de las personas jurídicas

Articolo 30Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Articolo 31Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre el Patrimonio

Articolo 32Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Articolo 33Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Articolo 34Alcance de la cesión y puntos de conexión en los Tributos sobre el Juego

Articolo 35Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre el Valor Añadido

Articolo 36Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre la Cerveza

Articolo 37Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas

Articolo 38Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre Productos Intermedios

Articolo 39Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas

Articolo 40Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre Hidrocarburos

Articolo 41Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre las Labores del Tabaco

Articolo 42Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre la Electricidad

Articolo 43Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte

Articolo 44Alcance de la cesión y puntos de conexión en el rendimiento derivado del tipo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos

Articolo 44 bisAlcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre el Depósito de Residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

Articolo 45Titularidad de competencias

Articolo 46Alcance de las competencias normativas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Articolo 47Alcance de las competencias normativas en el Impuesto sobre el Patrimonio

Articolo 48Alcance de las competencias normativas en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Articolo 49Alcance de las competencias normativas en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Articolo 50Alcance de las competencias normativas en los Tributos sobre el Juego

Articolo 51Alcance de las competencias normativas en el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte

Articolo 52Alcance de las competencias normativas en el Impuesto sobre Hidrocarburos

Articolo 52 bisAlcance de las competencias normativas en el Impuesto sobre el Depósito de Residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

Articolo 53Supuesto de no uso de las competencias normativas

Articolo 54Delegación de competencias

Articolo 55Alcance de la delegación de competencias en relación con la gestión tributaria

Articolo 56Alcance de la delegación de competencias en relación con la recaudación de los tributos cedidos

Articolo 57De la recaudación tributaria de las Comunidades Autónomas

Articolo 58Alcance de la delegación de competencias en relación con la inspección tributaria

Articolo 59Alcance de la delegación de competencias en relación con la revisión en vía administrativa

Articolo 60Intervención, contabilidad y fiscalización

Articolo 61Colaboración entre Administraciones

Articolo 62Delitos contra la Hacienda Pública

Articolo 63Información sobre cuentas y operaciones activas y pasivas

Articolo 64Servicios y anticipos de tesorería

Articolo 65Consejo Superior para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria

Articolo 66Consejos Territoriales para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria

Disposizione adicional primeraCeuta y Melilla

Disposizione adicional segundaComunidad Autónoma de Canarias

Disposizione adicional terceraResultado de la aplicación del Fondo de Competitividad

Disposizione adicional cuartaAplazamiento y fraccionamiento en el reintegro de las liquidaciones negativas

Disposizione adicional quintaComisiones Mixtas

Disposizione adicional sextaLealtad institucional

Disposizione adicional séptimaRevisión quinquenal

Disposizione adicional octavaAtribución a la Comunidad Autónoma de Canarias de competencias normativas en el Impuesto General Indirecto Canario y en el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias

Disposizione adicional novenaImpuesto sobre el Depósito de Residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

Disposizione transitoria primeraRégimen transitorio

Disposizione transitoria segundaAnticipos en 2009, 2010 y 2011

Disposizione transitoria terceraAplicación y revisión del Sistema de Financiación

Disposizione transitoria cuartaAplicación del artículo 20.3 de la presente Ley en los años 2009 a 2013

Disposizione transitoria quintaTraspasos de servicios publicados a partir de 1 de enero de 2009

Disposizione transitoria sextaCompensación por la supresión del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio en 2009, 2010 y 2011

Disposizione transitoria séptimaIntegración del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos en el Impuesto sobre Hidrocarburos

Disposizione transitoria octavaEfectividad de la cesión del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

Disposizione derogatoria unica

Disposizione final primeraTítulo competencial

Disposizione final segunda

Disposizione final terceraModificación de la Ley 58/2003, de 17 de noviembre, General Tributaria

Disposizione final cuartaModificación del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991

Disposizione final quintaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

citenza.io