Ley 20/2015

Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Preambolo Preámbulo

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto y finalidad de la Ley

Articolo 2Ámbito subjetivo de aplicación

Articolo 3Ámbito objetivo de aplicación

Articolo 4Actividades excluidas

Articolo 5Operaciones prohibidas a las entidades aseguradoras

Articolo 6Entidades

Articolo 7Autoridad de supervisión nacional

Articolo 8Estado miembro de origen, Estado miembro de acogida y actividades en régimen de derecho de establecimiento y de libre prestación de servicios

Articolo 9Relaciones de participación o control entre entidades

Articolo 10Mercados regulados

Articolo 11Grandes riesgos

Articolo 12Coaseguro comunitario

Articolo 13Sistema de gobierno y externalización de funciones

Articolo 14Riesgos

Articolo 15Medidas de saneamiento y procedimientos de liquidación

Articolo 16Competencias de supervisión de la Administración General del Estado

Articolo 17Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Articolo 18Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones

Articolo 19Distribución de competencias

Articolo 20Autorización administrativa

Articolo 21Alcance de la autorización

Articolo 22Requisitos generales de la autorización de entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 23Denegación de la autorización

Articolo 24Operaciones realizadas sin autorización administrativa

Articolo 25Organizaciones y agrupaciones

Articolo 26Consulta previa a autoridades de supervisión

Articolo 27Naturaleza, forma y denominación de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 28Constitución

Articolo 29Denominación

Articolo 30Domicilio social

Articolo 31Objeto social

Articolo 32Programa de actividades

Articolo 33Capital social

Articolo 34Fondo mutual

Articolo 35Limitaciones al reparto de dividendos, derramas o cualquier tipo de retribución vinculada al capital social

Articolo 36Socios

Articolo 37Vínculos estrechos

Articolo 38Honorabilidad y aptitud de quienes ejerzan la dirección efectiva o desempeñen funciones que integran el sistema de gobierno de la entidad

Articolo 39Responsabilidad y deberes de los órganos de administración o dirección de las entidades aseguradoras o reaseguradoras

Articolo 40Registro administrativo

Articolo 41Mutuas de seguros

Articolo 42Cooperativas de seguros

Articolo 43Mutualidades de previsión social

Articolo 44Ámbito de cobertura y prestaciones de las mutualidades de previsión social

Articolo 45Mutualidades de previsión social autorizadas para operar por ramos de seguro

Articolo 46Entidades españolas que pueden operar en la Unión Europea

Articolo 47Condiciones para el establecimiento de sucursales

Articolo 48Comunicación para operar en libre prestación de servicios

Articolo 49Información estadística relativa a las actividades transfronterizas de las entidades aseguradoras españolas

Articolo 50Creación de entidades y otras operaciones en terceros países

Articolo 51Entidades aseguradoras y reaseguradoras de otros Estados miembros que pueden operar en España

Articolo 52Observancia de las disposiciones legales por parte de las entidades aseguradoras y reaseguradoras que operan en España en régimen de derecho de establecimiento o de libre prestación de servicios

Articolo 53Tributos y recargos

Articolo 54Seguro de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles

Articolo 55Condiciones de acceso a la actividad en régimen de derecho de establecimiento

Articolo 56Supervisión de sucursales en España por las autoridades del Estado de origen

Articolo 57Condiciones de acceso a la actividad en régimen de libre prestación de servicios

Articolo 58Requisitos específicos para el seguro de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles

Articolo 59Obligaciones tributarias

Articolo 60Agencias de suscripción

Articolo 61Autorización de sucursales de entidades aseguradoras de terceros países

Articolo 62Limitaciones a la actividad en España de las entidades aseguradoras de terceros países

Articolo 63Sucursales de entidades reaseguradoras de terceros países

Articolo 64Actividad en España de las entidades reaseguradoras de terceros países desde el país de origen

Articolo 65Requisitos generales del sistema de gobierno

Articolo 66Sistema de gestión de riesgos, evaluación interna de riesgos y solvencia, sistema de control interno y funciones del sistema de gobierno

Articolo 66 bisPlanes preventivos de recuperación

Articolo 67Externalización de funciones

Articolo 68Valoración de activos y pasivos

Articolo 69Provisiones técnicas

Articolo 70Exigencia de incremento del importe de las provisiones técnicas

Articolo 71Determinación de los fondos propios

Articolo 72Clasificación de los fondos propios en niveles

Articolo 73Admisibilidad de los fondos propios

Articolo 74Cálculo del capital de solvencia obligatorio

Articolo 75Métodos de cálculo del capital de solvencia obligatorio

Articolo 76Exigencia de capital de solvencia obligatorio adicional

Articolo 77Responsabilidad del órgano de administración en relación con los modelos internos

Articolo 78Capital mínimo obligatorio

Articolo 79Normas sobre inversiones de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 79 bisPolítica de implicación

Articolo 79 terEstrategia de inversión

Articolo 80Informe sobre la situación financiera y de solvencia

Articolo 81Dispensa de divulgación de información en el informe sobre la situación financiera y de solvencia

Articolo 82Actualizaciones del informe sobre la situación financiera y de solvencia e información voluntaria adicional

Articolo 83Contabilidad de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 84Formulación de cuentas consolidadas de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 85Obligaciones relativas a la adquisición de participaciones en entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 86Efectos del incumplimiento

Articolo 87Obligaciones relativas a la reducción de una participación significativa en una entidad aseguradora o reaseguradora

Articolo 88Obligaciones de información adicionales

Articolo 89Cesión de cartera entre entidades aseguradoras

Articolo 90Modificaciones estructurales

Articolo 91Supuestos excepcionales de modificaciones estructurales

Articolo 92Modificaciones estatutarias

Articolo 93Agrupaciones de interés económico y uniones temporales de entidades aseguradoras o reaseguradoras

Articolo 94Tarifas de primas y bases técnicas

Articolo 95Control de las pólizas, tarifas y documentación técnica de la actividad

Articolo 96Deber general de información al tomador de seguro

Articolo 97Mecanismos de solución de conflictos

Articolo 98Publicidad

Articolo 99Protección de datos de carácter personal

Articolo 100Lucha contra el fraude en seguros

Articolo 101Ámbito de aplicación

Articolo 102Condiciones de ejercicio de las entidades sometidas al régimen especial

Articolo 103Régimen del coaseguro comunitario

Articolo 104Provisiones técnicas del coaseguro comunitario

Articolo 105Reaseguro limitado

Articolo 106Garantías financieras de las sucursales de entidades aseguradoras y reaseguradoras domiciliadas en terceros países

Articolo 107Régimen de las sucursales de entidades domiciliadas en terceros países, autorizadas en varios Estados miembros

Articolo 108Equivalencia del régimen de solvencia de las entidades reaseguradoras de terceros países

Articolo 109Ámbito subjetivo y objetivo de la supervisión

Articolo 110Proporcionalidad de las actuaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Articolo 111Transparencia de la actuación supervisora

Articolo 112Convergencia de prácticas supervisoras

Articolo 113Facultades generales de supervisión

Articolo 114Información que deberá facilitarse a efectos de supervisión, estadísticos y contables

Articolo 115Supervisión de entidades aseguradoras y reaseguradoras de la Unión Europea que operan en España en régimen de derecho de establecimiento o de libre prestación de servicios

Articolo 116Supervisión de sucursales españolas establecidas en otro Estado miembro

Articolo 117Contenido de la supervisión financiera

Articolo 117 bisMedidas de supervisión macroprudencial

Articolo 118Contenido de la supervisión de conductas de mercado

Articolo 119Protección administrativa

Articolo 120Prohibición de pólizas y tarifas

Articolo 121Actuaciones de inspección

Articolo 122Sujetos de la actividad inspectora

Articolo 123Personal inspector

Articolo 124Facultades inspectoras

Articolo 125Documentación de las actuaciones inspectoras

Articolo 126Procedimiento de supervisión por inspección

Articolo 127Deber de secreto profesional

Articolo 128Intercambio de información confidencial

Articolo 129Cooperación con la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación

Articolo 130Acuerdos de cooperación con terceros países

Articolo 131Definiciones y normas sobre la supervisión de grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 132Grupos sujetos a supervisión

Articolo 133Ámbito de aplicación de la supervisión de grupo

Articolo 134Ejercicio de las funciones de supervisor de grupo por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Articolo 135Facultades de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones como supervisor de grupo. Colegio de Supervisores

Articolo 136Acceso a la información y verificación

Articolo 137Convocatoria y consulta entre las autoridades de supervisión

Articolo 138Información solicitada a otras autoridades supervisoras

Articolo 139Cooperación con las autoridades supervisoras de las entidades de crédito y de empresas de servicios de inversión

Articolo 140Entidad matriz última en la Unión Europea

Articolo 141Subgrupo nacional de entidades aseguradoras o reaseguradoras

Articolo 142Subgrupo de entidades que comprenda subgrupos nacionales de varios Estados miembros

Articolo 143Supervisión de la solvencia de grupo

Articolo 144Informe sobre la situación financiera y de solvencia a nivel de grupo

Articolo 145Cálculo de la solvencia a nivel de grupo de entidades participantes

Articolo 146Cálculo de la solvencia del grupo consolidado: método basado en la consolidación contable

Articolo 147Modelo interno de grupo consolidado y de las entidades aseguradoras y reaseguradoras del grupo

Articolo 148Exigencia de capital de solvencia obligatorio adicional de grupo consolidado

Articolo 149Método de deducción y agregación

Articolo 150Régimen de grupos con gestión centralizada de riesgos

Articolo 151Supervisión de la concentración de riesgo y de las operaciones intragrupo

Articolo 152Supervisión del sistema de gobierno de grupo

Articolo 153Medidas destinadas a hacer frente a incumplimientos

Articolo 154Verificación de la equivalencia

Articolo 155Deterioro financiero de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 156Incumplimiento respecto al capital de solvencia obligatorio

Articolo 157Incumplimiento respecto al capital mínimo obligatorio

Articolo 158Contenido del plan

Articolo 159Situaciones que pueden dar lugar a la adopción de medidas de control especial

Articolo 160Medidas de control especial que pueden adoptarse

Articolo 161Medidas adicionales de control especial

Articolo 162Colaboración del Consorcio de Compensación de Seguros en la ejecución de las medidas de control especial adoptadas

Articolo 163Intervención de la entidad aseguradora

Articolo 164Procedimiento de adopción de medidas de control especial

Articolo 165Sustitución provisional de los órganos de administración

Articolo 166Efectos de las medidas de control especial en otros Estados miembros

Articolo 167Medidas adoptadas respecto a entidades aseguradoras domiciliadas en otros Estados miembros

Articolo 168Procedimientos concursales

Articolo 169Causas de revocación y sus efectos

Articolo 170Revocación de la autorización administrativa a entidades aseguradoras domiciliadas en otros Estados miembros

Articolo 171Revocación de la autorización administrativa de las sucursales de entidades domiciliadas en terceros países

Articolo 172Causas de disolución

Articolo 173Acuerdo de disolución

Articolo 174Disolución administrativa

Articolo 175Normas generales de liquidación

Articolo 176Efectos en otros Estados miembros de la liquidación de entidades españolas

Articolo 177Efectos en España de la liquidación de entidades aseguradoras domiciliadas en otros Estados miembros y que operen en España en régimen de derecho de establecimiento o de libre prestación de servicios

Articolo 178Supervisión de la liquidación

Articolo 179Protección de los créditos por contrato de seguro

Articolo 180Régimen jurídico de los liquidadores

Articolo 181Proceso de liquidación

Articolo 182Efectos sobre las acciones frente a entidades aseguradoras en liquidación

Articolo 183Actuación del Consorcio de Compensación de Seguros en la liquidación de entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 184Normas generales sustantivas

Articolo 185Normas generales de procedimiento

Articolo 186Compra de créditos con cargo a recursos del Consorcio de Compensación de Seguros

Articolo 187Pagos con cargo a los recursos de la entidad

Articolo 188Junta general de acreedores

Articolo 189Actuación del Consorcio de Compensación de Seguros en los procedimientos concursales

Articolo 190Sujetos infractores

Articolo 191Responsabilidad de partícipes, liquidadores o cargos de administración y dirección

Articolo 192Potestad sancionadora respecto de entidades aseguradoras domiciliadas en otros Estados miembros

Articolo 193Clases de infracciones

Articolo 194Infracciones muy graves

Articolo 195Infracciones graves

Articolo 196Infracciones leves

Articolo 197Prescripción de infracciones

Articolo 198Sanciones administrativas a las entidades por infracciones muy graves

Articolo 199Sanciones administrativas a las entidades por infracciones graves

Articolo 200Sanciones administrativas a las entidades por infracciones leves

Articolo 201Responsabilidad en caso de fusión, cesión global de activo y pasivo o escisión

Articolo 202

Articolo 203

Articolo 204

Articolo 205Criterios de graduación de las sanciones

Articolo 206Medidas inherentes a la imposición de sanciones administrativas

Articolo 207Concurrencia de procedimientos administrativos y procesos penales

Articolo 208Ejercicio de actividades y uso de denominaciones reservadas a las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Articolo 209Prescripción de las sanciones

Articolo 210Regulación del procedimiento sancionador

Articolo 211Denuncia pública

Articolo 212Competencias administrativas

Articolo 213Plazos

Disposizione adicional primeraRégimen aplicable a los Estados del Espacio Económico Europeo que no formen parte de la Unión Europea

Disposizione adicional segundaEstablecimiento e información sobre seguros obligatorios

Disposizione adicional terceraValidez de la autorización administrativa en toda la Unión Europea

Disposizione adicional cuartaValidez de las autorizaciones de ampliación de prestaciones concedidas a mutualidades de previsión social

Disposizione adicional quintaInformación a la Comisión Europea y a la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación sobre dificultades de las entidades aseguradoras o reaseguradoras españolas

Disposizione adicional sextaEntidades con cometido especial

Disposizione adicional séptimaRevisión de los importes expresados en euros

Disposizione adicional octavaObligaciones de los auditores de cuentas de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Disposizione adicional novenaActuarios de seguros

Disposizione adicional décimaPeritos de seguros, Comisarios de Averías y Liquidadores de Averías

Disposizione adicional undécimaConciertos de entidades aseguradoras con organismos de la Administración de la Seguridad Social

Disposizione adicional duodécimaComunicaciones entre supervisores en materia de sanciones

Disposizione adicional decimoterceraSeguro de caución a favor de Administraciones públicas

Disposizione adicional decimocuartaObligaciones adicionales de información de las entidades aseguradoras que operan en el ramo de incendio y elementos naturales

Disposizione adicional decimoquintaBases técnicas y calibración de los riesgos del seguro de decesos

Disposizione adicional decimosextaIntroducción progresiva de las autorizaciones establecidas por esta Ley y otras medidas de adaptación a Solvencia II

Disposizione adicional decimoséptimaObligatoriedad de la comunicación a través de medios electrónicos

Disposizione adicional decimoctavaRégimen de cálculo de las provisiones técnicas a efectos contables

Disposizione adicional decimonovenaRemisiones normativas

Disposizione adicional vigésimaReasignación de recursos

Disposizione adicional vigésima primera

Disposizione transitoria primeraRégimen de las mutuas de seguros, mutualidades de previsión social y cooperativas a prima variable

Disposizione transitoria segundaRégimen transitorio de adaptación a las cuantías mínimas de capital social y fondo mutual

Disposizione transitoria terceraProcedimientos administrativos en curso

Disposizione transitoria cuartaRégimen transitorio en las condiciones de ejercicio de las mutualidades de previsión social que no hayan obtenido autorización administrativa de ampliación de prestaciones

Disposizione transitoria quinta

Disposizione transitoria sextaAuxiliares asesores inscritos a 1 de enero de 2016

Disposizione transitoria séptima

Disposizione transitoria octavaRégimen transitorio de la actividad reaseguradora de las federaciones de mutualidades de previsión social

Disposizione transitoria novenaRégimen transitorio del capital mínimo obligatorio

Disposizione transitoria décimaÁmbito de aplicación del régimen especial de solvencia

Disposizione transitoria undécimaEntidades aseguradoras y reaseguradoras que a partir del 1 de enero de 2016 no suscriban nuevos contratos

Disposizione transitoria duodécimaVigencia temporal

Disposizione transitoria decimoterceraRégimen transitorio de las modificaciones introducidas en la Ley de Contrato de Seguro a través de la disposición final primera de esta Ley

Disposizione derogatoria unica

Disposizione final primeraModificación de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro

Disposizione final segundaModificación de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social

Disposizione final terceraModificación de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación

Disposizione final cuartaModificación del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre

Disposizione final quintaModificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal

Disposizione final sextaModificación del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo

Disposizione final séptimaModificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo

Disposizione final octavaModificación del texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre

Disposizione final novenaModificación del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor

Disposizione final décimaModificación de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados

Disposizione final undécima

Disposizione final duodécimaModificación de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación

Disposizione final decimoterceraModificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

Disposizione final decimocuartaTítulo competencial

Disposizione final decimoquintaIncorporación de Derecho de la Unión Europea

Disposizione final decimosextaNormas aplicables a los procedimientos regulados en esta Ley

Disposizione final decimoséptimaPotestad reglamentaria

Disposizione final decimoctavaMedida transitoria sobre los tipos de interés sin riesgo

Disposizione final decimonovenaMedida transitoria sobre las provisiones técnicas

Disposizione final vigésimaOtras medidas transitorias

Disposizione final vigésima primera

Allegato UNICO

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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