Ley 21/2015

Ley 21/2015, de 29 de julio, de financiación del sistema de transporte público de Cataluña.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto y ámbito de aplicación

Articolo 2Objetivo

Articolo 3Definiciones

Articolo 4Cobertura del sistema

Articolo 5Obligaciones de las administraciones

Articolo 6Gastos de explotación

Articolo 7Ingresos del sistema

Articolo 8Aportaciones de las políticas sociales al sistema de tarificación del transporte público

Articolo 9Integración de los servicios a demanda

Articolo 10Intermodalidad entre el transporte público y la bicicleta

Articolo 11Intermodalidad entre el transporte público y los sistemas de coche multiusuario y de coche compartido

Articolo 12Financiación de las infraestructuras de transporte

Articolo 13Principios de aplicación a los sistemas de tarificación del transporte

Articolo 14Determinación de las tarifas de los sistemas de transporte público

Articolo 15Sistema tarifario integrado

Articolo 16Integración tarifaria, zonificación e intermodalidad

Articolo 17Suspensión o reducción de tarifas del transporte público en situaciones excepcionales

Articolo 18Tributos propios para la financiación del sistema de transporte público

Articolo 19Cesión y participación en tributos estatales

Articolo 20Gestión económica y financiera del sistema de transporte público

Articolo 21Competencia para la determinación de las tarifas aplicables al sistema de transporte público

Articolo 22Coordinación institucional para la financiación del transporte público

Articolo 23El Consejo Catalán de la Movilidad

Articolo 24La Mesa Social del Transporte Público de Cataluña

Articolo 25Programas y presupuestos

Articolo 26Convenios de financiación y contratos de servicio público

Disposizione adicional primeraObligaciones financieras de las administraciones

Disposizione adicional segundaAportación de los presupuestos generales del Estado

Disposizione adicional terceraNuevas figuras impositivas

Disposizione adicional cuartaContabilidad ampliada

Disposizione adicional quintaIntegración de funciones

Disposizione adicional sextaPromoción de la movilidad sostenible

Disposizione adicional séptimaCoordinación de las políticas tarifarias

Disposizione adicional octavaGestión del servicio

Disposizione adicional novenaÁreas de gestión unitaria del transporte público

Disposizione adicional décimaDotación económica para las medidas de carácter ambiental

Disposizione adicional undécima

Disposizione adicional duodécima

Disposizione final primeraModificación de la Ley 9/2003, de 13 de junio, de la movilidad

Disposizione final segundaDesarrollo

Disposizione final terceraEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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