Ley 8/2020

Ley 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral.

Preambolo Preámbulo

TÍTULO I

Articolo 1Objeto

Articolo 2Ámbito de aplicación

Articolo 3Finalidades

CAPÍTULO I

Articolo 4Instrumentos de planificación

Articolo 5Directrices para los instrumentos de protección, ordenación y gestión del litoral

Articolo 6Objeto, naturaleza jurídica y ámbito territorial

Articolo 7Contenido

Articolo 8Documentación

Articolo 9Tramitación y aprobación

Articolo 10Objeto y ámbito territorial

Articolo 11Contenido

Articolo 12Documentación

Articolo 13Tramitación y aprobación

Articolo 14Entrada en vigor y publicidad

Articolo 15Vigencia

Articolo 16Modificación y revisión

Articolo 17Procedimiento de autorizaciones competencia de la Administración de la Generalidad

Articolo 18Actuaciones sometidas al régimen de declaración responsable ante el ayuntamiento

Articolo 19Clasificación y ocupación de los tramos de playas

Articolo 20Servicios de temporada y actividades previstos por los planes de uso del litoral y de las playas

Articolo 21Autorizaciones de actividades no previstas por los planes de uso del litoral y de las playas

Articolo 22Concesiones

Articolo 23Obras en construcciones existentes con concesión, contrarias a la normativa aplicable

Articolo 24Registro de concesiones del dominio público marítimo-terrestre

TÍTULO V

Articolo 25Canon de explotación de actividades

Articolo 26Régimen económico correspondiente a la explotación de los servicios de temporada de las playas y a las actividades autorizadas en el marco de los planes de uso del litoral y de las playas

Articolo 27Garantía de información pública

Articolo 28El Consejo Rector del Plan de Protección y Ordenación del Litoral y los consejos rectores de los planes de uso del litoral y de las playas

Articolo 29Competencias de la Administración de la Generalidad

Articolo 30Competencias de los ayuntamientos

Articolo 31Órganos competentes en materia de protección de la legalidad

Articolo 32Comisión de Ordenación del Litoral

Articolo 33La inspección del litoral

Articolo 34Facultades y funciones en materia de inspección del litoral

Disposizione adicional primeraElaboración del Plan de protección y ordenación del litoral

Disposizione adicional segundaRégimen especial del municipio de Barcelona

Disposizione adicional terceraRégimen especial del Área Metropolitana de Barcelona

Disposizione adicional cuartaCooperación y colaboración interadministrativa

Disposizione adicional quintaIgualdad efectiva de mujeres y hombres en los órganos

Disposizione adicional sextaVentanilla única empresarial

Disposizione adicional séptimaConcesiones y otros instrumentos específicos de ordenación del espacio marítimo

Disposizione adicional octavaNáutica deportiva y popular

Disposizione adicional novenaConservatorio del Litoral de Cataluña

Disposizione adicional décimaMedidas excepcionales en situaciones de fuerza mayor

Disposizione transitoria primeraZona de influencia del dominio público marítimo-terrestre y clasificación de las playas

Disposizione transitoria segundaUsos y servicios de temporada de las playas

Disposizione transitoria terceraProcedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley

Disposizione transitoria cuartaAplicación del canon por explotación de la actividad

Disposizione transitoria quintaÓrganos competentes

Disposizione derogatoria unica

Disposizione final primeraDesarrollo reglamentario

Disposizione final segundaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

citenza.io