Ley 8/2023

Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto de la Ley

Articolo 2Bienes que integran el patrimonio cultural de la Comunidad de Madrid

Articolo 3Principios de actuación

Articolo 4Competencias de la Administración de la Comunidad de Madrid

Articolo 5Competencias de los municipios

Articolo 6Órganos consultivos

Articolo 7Consejo Regional de Patrimonio Cultural

Articolo 8Las Comisiones de patrimonio histórico

Articolo 9Colaboración con los titulares de bienes de patrimonio cultural

Articolo 10Colaboración con la Iglesia Católica y otras confesiones religiosas

Articolo 11Colaboración ciudadana y acción pública

Articolo 12Clasificación de bienes culturales en función de sus declaraciones de protección

Articolo 13Entorno de protección

Articolo 14Categorías de los bienes inmuebles

Articolo 15Prohibición de publicidad en Monumentos y Jardines Históricos

Articolo 16Categorías de los bienes muebles

Articolo 17Categorías de los bienes inmateriales

Articolo 18Incoación del procedimiento

Articolo 19Contenido y efectos de la incoación del procedimiento de declaración

Articolo 20Notificación, período de información pública y consultas

Articolo 21Acceso a los bienes y solicitud de información a los titulares

Articolo 22Plazo de resolución y declaración de caducidad

Articolo 23Resolución del procedimiento de declaración

Articolo 24Inscripción

Articolo 25Efectos de la declaración sobre la normativa urbanística

Articolo 26Procedimiento para dejar sin efecto o modificar una declaración

Articolo 27Procedimiento de declaración de los Bienes Catalogados

Articolo 28Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid

Articolo 29Los Registros de Bienes de Interés Cultural y de Bienes de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid

Articolo 30Los catálogos de bienes y espacios protegidos de los Ayuntamientos

Articolo 31Ámbito de aplicación

Articolo 32Deber de conservación

Articolo 33Expropiación de los bienes culturales

Articolo 34Acceso del personal técnico y de investigadores a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural

Articolo 35Accesibilidad universal de bienes inmuebles

Articolo 36Planes, programas, instrumentos y proyectos con incidencia

Articolo 37Protección del patrimonio cultural en el planeamiento urbanístico

Articolo 38Limitación del aprovechamiento urbanístico

Articolo 38 bisAcción popular

Articolo 39Autorización de intervenciones y de cambio de uso en bienes muebles e inmuebles

Articolo 40Derechos de tanteo y retracto de bienes muebles e inmuebles

Articolo 41Proyecto técnico y memoria final de ejecución en intervenciones en bienes muebles e inmuebles

Articolo 42Criterios específicos de intervención en el entorno de protección de bienes inmuebles

Articolo 43Obras de excepcional interés público

Articolo 44Declaración de ruina y demoliciones

Articolo 45Criterios de intervención en bienes inmuebles y muebles declarados Bienes de Interés Cultural

Articolo 46Normas específicas de protección y conservación en bienes muebles

Articolo 47Normas específicas de intervención en bienes inmuebles

Articolo 48Planes especiales de protección en bienes inmuebles de Interés Cultural

Articolo 49Visita pública

Articolo 50Criterios de intervención en bienes inmuebles y muebles declarados Bienes de Interés Patrimonial

Articolo 51Normas específicas de protección y conservación en bienes muebles

Articolo 52Normas específicas de intervención en bienes inmuebles

Articolo 53Planes especiales de protección en bienes inmuebles de Interés Patrimonial

Articolo 54Criterios de intervención en los Bienes Muebles Catalogados

Articolo 55Régimen de los Bienes Inmuebles Catalogados

Articolo 56Definición del patrimonio arqueológico y paleontológico

Articolo 57Definición y clasificación de las actividades arqueológicas y paleontológicas

Articolo 58Régimen de protección

Articolo 59Red de yacimientos arqueológicos visitables y parques arqueológicos y/o paleontológicos

Articolo 60Colaboración entre Administraciones Públicas en la protección preventiva del patrimonio arqueológico y paleontológico

Articolo 61Autorización de obras o actuaciones en yacimientos arqueológicos y paleontológicos

Articolo 62Hallazgos casuales

Articolo 63El descubridor de hallazgos casuales y premio por hallazgo

Articolo 64Solicitud de autorización de actividades arqueológicas y paleontológicas

Articolo 65Resolución de autorización de actividades arqueológicas y paleontológicas

Articolo 66Resultados de la actividad arqueológica y paleontológica

Articolo 67Órdenes de intervención arqueológica y paleontológica

Articolo 68Conservación de las estructuras arqueológicas

Articolo 69Posesión de objetos arqueológicos

Articolo 70Puesta a disposición del público de los materiales y documentación correspondiente

Articolo 71Régimen de detectores de metales y otras técnicas análogas

Articolo 72Procedimiento de autorización de detectores de metales

Articolo 73Definición de patrimonio etnográfico

Articolo 74Bienes del patrimonio etnográfico

Articolo 75Contenido de la declaración de los bienes del patrimonio etnográfico

Articolo 76Desplazamiento de bienes inmuebles etnográficos

Articolo 77Definición de patrimonio industrial

Articolo 78Bienes del patrimonio industrial

Articolo 79Conservación y uso del patrimonio industrial

Articolo 80Prohibición de destrucción de maquinaria industrial

Articolo 81Definición de patrimonio científico y tecnológico

Articolo 82Bienes del patrimonio científico y tecnológico

Articolo 83Conservación y uso del patrimonio científico y tecnológico

Articolo 84Prohibición de destrucción de patrimonio científico y tecnológico

Articolo 85Protección y salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial

Articolo 86Participación de las comunidades, grupos e individuos

Articolo 87Contenido de la declaración de los bienes del patrimonio inmaterial

Articolo 88Investigación en el patrimonio cultural

Articolo 89Conservación del patrimonio cultural

Articolo 90Difusión y educación patrimonial

Articolo 91Acciones de difusión y educación patrimonial. Coordinación y participación

Articolo 92La educación patrimonial en el sistema educativo

Articolo 93Normas generales y tipos de medidas

Articolo 94Subvenciones

Articolo 95Beneficios fiscales

Articolo 96Empleo de los bienes de patrimonio cultural como medio de pago en especie para el cumplimiento de las obligaciones tributarias

Articolo 97Uno por ciento cultural

Articolo 98Distinción de protector del patrimonio cultural madrileño

Articolo 99Inspección y control

Articolo 100Ejercicio de la actividad inspectora

Articolo 101Incumplimiento del deber de conservación

Articolo 102Órdenes de paralización

Articolo 103Reparación de los daños causados

Articolo 104Clasificación de las infracciones

Articolo 105Infracciones leves

Articolo 106Infracciones graves

Articolo 107Infracciones muy graves

Articolo 108Responsabilidad

Articolo 109Criterios para la determinación de la sanción

Articolo 110Sanciones y comiso

Articolo 111Competencia para imponer las sanciones. Prescripción de las infracciones y sanciones

Articolo 112Relación con el orden jurisdiccional penal

Disposizione adicional primera

Disposizione adicional segundaOtros bienes inmuebles con protección de Bien de Interés Cultural

Disposizione adicional terceraCategorías de bienes con protección de Bien de Interés Patrimonial

Disposizione adicional cuartaProtección de las Vías Pecuarias

Disposizione adicional quintaCatálogo del patrimonio cultural de la Comunidad de Madrid

Disposizione adicional sextaActualización del Catálogo del Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid y adaptación de los catálogos de bienes y espacios protegidos

Disposizione adicional séptimaEntorno de protección en monumentos

Disposizione adicional octavaImpacto presupuestario de la Ley

Disposizione transitoria primeraAdaptación y terminación de declaraciones

Disposizione transitoria segundaProcedimientos sancionadores

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraHabilitación reglamentaria al Consejo de Gobierno

Disposizione final segundaEntrada en vigor

Citenza

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