Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Articolo 113Responsabilidad solidaria en los contratos celebrados fuera del establecimiento
In vigore · versione del 28 feb 2026
Artículo 113. Responsabilidad solidaria en los contratos celebrados fuera del establecimiento.
Del cumplimiento de las obligaciones establecidas en este título responderán solidariamente el empresario por cuya cuenta se actúe y el mandatario, comisionista o agente que hayan actuado en nombre propio.
Se modifica por el art. único.28 de la Ley 3/2014, de 27 de marzo. Ref. BOE-A-2014-3329.