Orden 3022/2007

Orden ITC/3022/2007, de 10 de octubre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores de energía eléctrica, estáticos combinados, activa, clases A, B y C y reactiva, clases 2 y 3, a instalar en suministros de energía eléctrica hasta una potencia de 15 kW de activa que incorporan dispositivos de discriminación horaria y telegestión, en las fases de evaluación de la conformidad, verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Definiciones

Articolo 3Fases de control metrológico

Articolo 4Requisitos esenciales, metrológicos y técnicos

Articolo 5Módulos para la evaluación de la conformidad y reconocimiento mutuo

Articolo 6Definición

Articolo 7Sujetos obligados y solicitudes

Articolo 8Ensayos y ejecución

Articolo 9Errores máximos permitidos

Articolo 10Conformidad

Articolo 11No superación de la verificación

Articolo 12Definición

Articolo 13Sujetos obligados y solicitudes

Articolo 14Verificación por muestreo

Articolo 15Intervenciones arbitrales de la Administración pública competente

Articolo 16Ensayos y ejecución

Articolo 17Errores máximos permitidos

Articolo 18Conformidad

Articolo 19No superación de la verificación

Articolo 20Verificación en el lugar de instalación

Disposizione transitoria primeraCertificaciones parciales de la evaluación de la conformidad

Disposizione transitoria segundaInstrumentos en servicio

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraTítulo competencial

Disposizione final segundaNormativa aplicable

Disposizione final terceraAutorización para la modificación del contenido técnico de la orden

Disposizione final cuartaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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