Orden ISM/494/2024, de 13 de mayo, por la que se crea y regula el Consejo Asesor de Brecha de Género.
Articolo 6Presidencia y secretaría
1. Corresponde a la presidencia del Consejo Asesor de Brecha de Género:
a) La representación general del Consejo Asesor.
b) Acordar la convocatoria y presidir las reuniones del Consejo Asesor.
2. Corresponde a la Secretaría del Consejo Asesor de Brecha de Género:
a) La preparación del orden del día de las convocatorias.
b) Las tareas de archivo, documentación y servicios de apoyo técnico al Consejo.
c) La convocatoria, por orden de la persona titular de la presidencia, de sus reuniones y levantar las correspondientes actas.