Orden CLT/489/2024, de 21 de mayo, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la facilitación y gestión de los medios de pago del programa de ayudas "Bono Cultural Joven".
Articolo 9Documentación complementaria
1. Las entidades interesadas deberán presentar, junto a la solicitud, la siguiente documentación:
a) Escritura de constitución/modificación.
b) Poderes acreditativos de la representación de la persona que firma la solicitud de participación.
c) Declaración responsable de cumplir con los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
d) Propuesta técnica, memoria y toda la documentación que, a juicio de la entidad, permita al Ministerio de Cultura valorar la solicitud conforme a los criterios objetivos fijados en el artículo 7 de esta orden.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
3. En caso de que la presentación de los documentos se efectúe separadamente de la solicitud, se indicará el número de registro de entrada de la solicitud y el órgano responsable del procedimiento.