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Orden 19 unità
Orden CLT/489/2024, de 21 de mayo, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la facilitación y gestión de los medios de pago del programa de ayudas "Bono Cultural Joven".
Orden 489/2024es-order-2024-05-21-48923 mag 2024
- Articolo 1 Convocatoria
- Articolo 2 Objeto de la colaboración
- Articolo 3 Financiación y compensación económica
- Articolo 4 Condiciones de solvencia y eficacia de la entidad colaboradora
- Articolo 5 Duración
- Articolo 6 Requisitos legales y obligaciones de la entidad colaboradora
- Articolo 7 Criterios de selección de la entidad colaboradora
- Articolo 8 Lugar, forma y plazo de la presentación de las solicitudes
- Articolo 9 Documentación complementaria
- Articolo 10 Comprobación de datos
- Articolo 11 Resolución
- Articolo 12 Publicación
- Articolo 13 Formalización del convenio de colaboración
- Articolo 14 Régimen de recursos
- Articolo 15 Entrada en vigor
- Allegato I
- Sezione di allegato primero Apartado primero. Que el Ministerio de Cultura, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica, es el Departamento de la Administración General del Estado encargado, entre otras funciones, de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, así como la promoción y difusión de la cultura en español, el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura. Entre los órganos directivos del Ministerio, corresponden a la Subsecretaría de Cultura las competencias y funciones establecidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del citado Ministerio, en CLT/12/2024, de 12 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias. Segundo. Que el Ministerio de Cultura, en el ejercicio de las competencias que le corresponden, viene impulsando medidas y actuaciones orientadas a garantizar la sostenibilidad de las industrias culturales y creativas de nuestro país, propiciando la recuperación y dinamización de un sector afectado sensiblemente por la crisis causada por el virus COVID-19, al tiempo que se fomenta el acceso de la ciudadanía a la cultura. Tercero. Que, entre las medidas mencionadas, se encuentra el Bono Cultural Joven, contemplado en la disposición adicional centésima cuarta de la Ley 31/2023, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, con vigencia indefinida. Cuarto. Que en el artículo 6 del Real Decreto 191/2023, de 21 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven, se recoge la posibilidad de contar con entidades colaboradoras, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), para la gestión de las ayudas y adhesión de las entidades, la entrega y distribución de los fondos a los beneficiarios, la comprobación del cumplimiento de las condiciones y requisitos para la adhesión y el otorgamiento de las ayudas, de las operaciones de venta y del control de los límites establecidos en el artículo 8 del citado Real Decreto 191/2023, siempre que no suponga el ejercicio de potestades públicas. Quinto. Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 12.2 y 16.5 de la LGS respecto a la participación y selección de entidades colaboradoras en la gestión de subvenciones; en el Real Decreto 191/2023, de 21 de marzo, y en aplicación de la Orden del Ministerio de Cultura de ...... de ................... de 2024, por la que la entidad colaboradora .............................. ha resultado seleccionada para la facilitación y gestión de los medios de pago para la ejecución de las ayudas del programa Bono Cultural Joven, se derivan al presente convenio el alcance y las condiciones de la colaboración entre ambas partes, con arreglo a las siguientes
- Allegato UNICO
- Allegato II