Spagna
In vigore Real Decreto 51 unità

Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Real Decreto 933/2010es-royal-decree-2010-07-23-93331 ago 2010

Títulos académicos y profesionales

  1. Preambolo Preámbulo Modificato
  2. Articolo 1 Objeto Modificato
  3. Articolo 2 Modificato
  4. Articolo 3 Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo Modificato
  5. Articolo 4 Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre Modificato
  6. Articolo 5 Modificato
  7. Articolo 6 Modificato
  8. Articolo 7 Competencia general del ciclo inicial de grado medio en hípica Modificato
  9. Articolo 8 Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo inicial de grado medio en hípica Modificato
  10. Articolo 9 Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales del ciclo inicial de grado medio en hípica Modificato
  11. Articolo 10 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo inicial de grado medio en hípica Modificato
  12. Articolo 11 Competencia general del ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo Modificato
  13. Articolo 12 Competencias profesionales, personales y sociales propias del sistema deportivo del ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo Modificato
  14. Articolo 13 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo Modificato
  15. Articolo 14 Competencia general del ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre Modificato
  16. Articolo 15 Competencias profesionales, personales y sociales propias del sistema deportivo del ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre Modificato
  17. Articolo 16 Modificato
  18. Articolo 17 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre Modificato
  19. Articolo 18 Modificato
  20. Articolo 19 Ratio profesor/alumno Modificato
  21. Articolo 20 Módulo de formación práctica Modificato
  22. Articolo 21 Determinación del currículo Modificato
  23. Articolo 22 Espacios y equipamientos deportivos Modificato
  24. Articolo 23 Modificato
  25. Articolo 24 Requisitos de acceso al ciclo inicial de grado medio en hípica para personas sin el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Modificato
  26. Articolo 25 Requisitos de acceso específicos al ciclo inicial de grado medio en hípica y al ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo Modificato
  27. Articolo 26 Efectos y vigencia de las pruebas de acceso carácter específico Modificato
  28. Articolo 27 Exención de la superación de la prueba de carácter específico a los deportistas de alto nivel y alto rendimiento Modificato
  29. Articolo 28 Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades Modificato
  30. Articolo 29 Composición y perfil del tribunal de la prueba de carácter específico Modificato
  31. Articolo 30 Funciones del tribunal evaluador de la prueba de carácter específico Modificato
  32. Articolo 31 Los requisitos de titulación del profesorado en centros públicos Modificato
  33. Articolo 32 Los requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de Administraciones distintas a la educativa Modificato
  34. Articolo 33 Acceso a otros estudios Modificato
  35. Articolo 34 Convalidación de estas enseñanzas Modificato
  36. Articolo 35 Exención del módulo de formación práctica Modificato
  37. Articolo 36 Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente Modificato
  38. Articolo 37 Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia deportiva Modificato
  39. Disposizione adicional primera Referencia del título en el marco europeo Modificato
  40. Disposizione adicional segunda Oferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva de los presentes títulos Modificato
  41. Disposizione adicional tercera Clave identificativa de los certificados de superación del ciclo inicial Modificato
  42. Disposizione adicional cuarta Referencias genéricas Modificato
  43. Disposizione transitoria primera Extinción de la formación del período transitorio en las disciplinas hípicas reguladas en este real decreto Modificato
  44. Disposizione transitoria segunda Modificato
  45. Disposizione transitoria tercera Perfil de los evaluadores de las pruebas de carácter específico Modificato
  46. Disposizione derogatoria única Derogación normativa Modificato
  47. Disposizione final primera Modificato
  48. Disposizione final segunda Título competencial Modificato
  49. Disposizione final tercera Implantación de los títulos Modificato
  50. Disposizione final cuarta Autorización para el desarrollo Modificato
  51. Disposizione final quinta Entrada en vigor Modificato
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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