Real Decreto 706/2011

Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Identificación del título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal

Articolo 3Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal

Articolo 4Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal

Articolo 5Perfil profesional de los ciclos de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 6Competencia general del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 7Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 8Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 9Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 10Competencia general del ciclo final de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 11Competencias profesionales, personales y sociales propias del sistema deportivo del ciclo final de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 12Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo final de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 13Estructura de los ciclos inicial y final de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 14Ratio Profesor/alumno

Articolo 15Módulo de formación práctica

Articolo 16Determinación del currículo

Articolo 17Espacios y equipamientos deportivos

Articolo 18Requisitos generales de acceso a los ciclos inicial y final de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 19Requisitos de acceso al ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal para personas sin el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

Articolo 20Requisitos de acceso específicos a los ciclos inicial y final de grado medio en judo y defensa personal

Articolo 21Exención de la superación de la prueba de carácter específico de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento

Articolo 22Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades

Articolo 23Los requisitos de titulación del profesorado en centros públicos

Articolo 24Los requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de administraciones distintas de la educativa

Articolo 25Acceso a otros estudios

Articolo 26Convalidación de estas enseñanzas

Articolo 27Exención del módulo de formación práctica

Articolo 28Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente

Disposizione adicional primeraReferencia del título en el marco europeo

Disposizione adicional segundaOferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva del presente título

Disposizione adicional terceraClave identificativa de los certificados de superación del ciclo inicial

Disposizione adicional cuartaReferencias genéricas

Disposizione adicional quinta

Disposizione adicional sexta

Disposizione transitoria primeraExtinción de la formación del período transitorio en judo y defensa personal

Disposizione transitoria segunda

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraTítulo competencial

Disposizione final segundaImplantación de los Títulos

Disposizione final terceraAutorización para el desarrollo

Disposizione final cuartaEntrada en vigor

Citenza

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