Real Decreto 629/2019

Real Decreto 629/2019, de 31 de octubre, por el que se regula el registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal, las condiciones de autorización o registro de dichos establecimientos y de los puntos de entrada nacionales, la actividad de los operadores de piensos, y la Comisión nacional de coordinación en materia de alimentación animal.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Ámbito de aplicación

Articolo 3Definiciones

Articolo 4Registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal

Articolo 5Establecimientos de piensos sometidos a autorización

Articolo 6Establecimientos de piensos sometidos a comunicación previa

Articolo 7Suspensión y/o revocación de la inscripción en el Registro. Suspensión y/o revocación del otorgamiento de la autorización. Cese de la actividad

Articolo 8Obligaciones de los operadores de piensos

Articolo 9Identificación de establecimientos de piensos

Articolo 10Listados de establecimientos de piensos

Articolo 11Establecimientos importadores de piensos

Articolo 12Establecimientos fabricantes y/o comercializadores de piensos que no se ajusten a la normativa de la Unión Europea y cuyo fin específico sea la exportación a países terceros

Articolo 13Puntos de entrada nacionales

Articolo 14Comisión Nacional de Coordinación en materia de Alimentación Animal

Articolo 15Infracciones y sanciones

Disposizione transitoria primeraSolicitudes o comunicaciones presentadas antes de la fecha de entrada en vigor de este real decreto

Disposizione transitoria segundaIntegración de datos obrantes en las bases de datos existentes antes de la fecha de entrada en vigor de este real decreto

Disposizione transitoria terceraPuntos de entrada nacionales en funcionamiento antes de la fecha de entrada en vigor de este real decreto

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraAplicación de las medidas provisionales previstas en el artículo 24 del Reglamento (CE) n.º 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de enero de 2005

Disposizione final segundaTítulo competencial

Disposizione final terceraHabilitación normativa y facultad de modificación

Disposizione final cuartaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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