Real Decreto 1183/2020

Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Definiciones

Articolo 3Ámbito de aplicación

Articolo 4Obligación de obtención de permisos acceso y de conexión a un punto de la red

Articolo 5Criterios generales para la tramitación de permisos de acceso y de conexión

Articolo 6Criterios generales del procedimiento de obtención de los permisos de acceso y de conexión

Articolo 7Criterio general de ordenación del otorgamiento de los permisos de acceso y de conexión

Articolo 8Inadmisión de solicitudes

Articolo 9Denegación de los permisos de acceso y de conexión

Articolo 10Inicio del procedimiento

Articolo 11Evaluación de la solicitud de acceso y conexión

Articolo 12Propuesta previa

Articolo 13Plazos para la remisión de la propuesta previa

Articolo 13 bisPlazos para la ejecución de instalaciones de distribución necesarias para atender nuevos suministros

Articolo 14Aceptación de la propuesta

Articolo 15Emisión de los permisos de acceso y de conexión

Articolo 16Procedimiento abreviado

Articolo 17Exenciones a la obtención de los permisos de acceso y de conexión

Articolo 18Celebración de concursos de capacidad de acceso en determinados nudos de la red de transporte para integración de renovables

Articolo 19Criterios aplicables a los concursos

Articolo 20Procedimiento para la celebración de concursos

Articolo 20 bisCelebración de concursos de capacidad de acceso de demanda en determinados nudos de la red de transporte

Articolo 20 terCriterios aplicables a los concursos de demanda

Articolo 20 quaterProcedimiento para la activación de concursos de demanda

Articolo 20 quinquiesReserva de capacidad de almacenamiento en nudos reservados para concurso de generación o demanda

Articolo 21Contrato técnico de acceso a la red

Articolo 22Contrato de acceso a la red para consumidores

Articolo 23Garantías económicas necesarias para la tramitación de los procedimientos de acceso y conexión de instalaciones de generación de electricidad

Articolo 23 bisGarantías económicas necesarias para la tramitación de los procedimientos de acceso y conexión de instalaciones de demanda y almacenamiento

Articolo 24

Articolo 25

Articolo 26Caducidad de los permisos de acceso y de conexión

Articolo 27Hibridación de instalaciones de generación de electricidad con permisos de acceso y de conexión concedidos

Articolo 28Hibridación de instalaciones de generación de electricidad sin permisos de acceso y de conexión concedidos

Articolo 29Resolución de conflictos de acceso y conexión

Articolo 30Régimen sancionador

Disposizione adicional primeraSistemas de control coordinados para garantizar que no se supera la capacidad de acceso otorgada

Disposizione adicional segundaCómputo de plazos

Disposizione adicional terceraHibridación de plantas industriales con cogeneraciones

Disposizione adicional cuartaDefinición de la potencia instalada de las instalaciones solares fotovoltaicas a los efectos de la aplicación del régimen retributivo específico

Disposizione adicional quintaGarantías a instalaciones de demanda en puntos de tensión superior a 36 kV

Disposizione adicional sextaAplicación de requisitos de observabilidad y controlabilidad a instalaciones existentes

Disposizione adicional séptimaTratamiento de determinadas solicitudes de otorgamiento de permisos de acceso y de conexión de instalaciones adjudicatarias en concursos

Disposizione transitoria primeraInterlocutores únicos de nudo existentes

Disposizione transitoria segundaInstalaciones que, a la entrada en vigor del real decreto, no dispongan de permiso de conexión

Disposizione transitoria terceraInadmisión de solicitudes de permisos de acceso y de conexión en nudos de transición justa

Disposizione transitoria cuartaGarantías económicas necesarias para la tramitación de los procedimientos de acceso y conexión de instalaciones de generación de electricidad

Disposizione transitoria quintaExpedientes de instalaciones eléctricas en tramitación en el momento de la entrada en vigor del real decreto

Disposizione transitoria sextaPlataformas web a desarrollar por los gestores de las redes de transporte y distribución

Disposizione transitoria séptima

Disposizione transitoria octavaInadmisión de solicitudes hasta la publicación de las capacidades de acceso con base en los criterios de evaluación que apruebe la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primeraAplicabilidad del artículo 33 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico

Disposizione final segunda

Disposizione final terceraModificación del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos

Disposizione final cuarta

Disposizione final quintaModificación del Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, por el que se regulan aspectos necesarios para la implementación de los códigos de red de conexión de determinadas instalaciones eléctricas

Disposizione final sextaTítulo competencial

Disposizione final séptimaHabilitación normativa

Disposizione final octavaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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