Real Decreto 176/2023

Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo, por el que se desarrollan entornos más seguros de juego.

Preambolo Preámbulo

Articolo 1Objeto

Articolo 2Ámbito de aplicación

Articolo 3Definiciones

Articolo 4Tratamientos de datos personales

Articolo 5Normativa aplicable en materia de juego seguro

Articolo 6La persona responsable del juego seguro

Articolo 7El plan de medidas activas de juego seguro

Articolo 8Obligaciones de formación

Articolo 9Obligaciones de información en portales web y aplicaciones

Articolo 10Información y asistencia sobre juego seguro y comportamientos de riesgo a través de servicio telefónico

Articolo 11Medidas dirigidas a la clientela privilegiada

Articolo 12Mensaje específico dirigido a nuevos jugadores

Articolo 13Configuración previa de la sesión de juego bajo la licencia general de «Otros juegos»

Articolo 14Límites a los importes destinados a la realización de apuestas en directo

Articolo 15Configuración previa de la sesión de juego de lotería instantánea o presorteada

Articolo 16Mensajes específicos de autoevaluación

Articolo 17Presentación de resultados en los juegos

Articolo 18Resumen mensual de actividad

Articolo 19Mensaje específico para participantes con un comportamiento de juego intensivo

Articolo 20Resumen mensual de actividad para participantes con comportamientos de juego intensivo

Articolo 21Limitación a los medios de pago de participantes con comportamientos de juego intensivo

Articolo 22Mensaje reforzado a nuevos participantes jóvenes

Articolo 23Actividades promocionales dirigidas a participantes jóvenes

Articolo 24Detección de comportamientos de riesgo de las personas usuarias

Articolo 25Medidas aplicables a las personas incursas en comportamientos de riesgo

Articolo 26Interacción específica con la persona incursa en comportamientos de riesgo

Articolo 27Prohibición de obtención de promociones

Articolo 28Exclusión de los servicios de atención especializada dirigida a la clientela privilegiada

Articolo 29Restricciones a las comunicaciones comerciales

Articolo 30Limitaciones a los medios de pago de los participantes incursos en comportamientos de riesgo

Articolo 31Suspensión de cuentas de juego por autoprohibición

Articolo 32Suspensión de cuentas de juego por autoexclusión

Articolo 33Restricciones a las comunicaciones comerciales de participantes que hayan ejercido las facultades de autoprohibición o autoexclusión

Articolo 34Mensaje específico para personas que hubieran estado inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego

Articolo 35Procedimientos de seguimiento y detección de posibles suplantaciones de identidad por parte de participantes inscritos en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego

Disposizione adicional primeraAdhesión a los sistemas de prevención del riesgo de suplantación de identidad

Disposizione adicional segundaColaboración con la Administración para la sensibilización y promoción del juego seguro

Disposizione adicional terceraEstudios sobre juego seguro

Disposizione adicional cuartaMedidas específicas dirigidas a la actividad de juego presencial de todos los operadores de juego

Disposizione adicional quintaNormativa aplicable a los operadores de juego cuya actividad no esté sometida a identificación de usuario y cuenta de juego

Disposizione adicional sextaAdaptación de los juegos ya comercializados a las previsiones contenidas en el artículo 17.2

Disposizione adicional séptimaProveedores de servicios de monedero electrónico

Disposizione adicional octavaRégimen específico de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE)

Disposizione adicional novenaEvaluación de riesgo en los juegos

Disposizione adicional décimaRevisión de los servicios de atención especializada para la clientela privilegiada existente

Disposizione derogatoria únicaDerogación normativa

Disposizione final primera

Disposizione final segundaModificación del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego

Disposizione final terceraMecanismos de detección de comportamientos de riesgo

Disposizione final cuartaFacultad de desarrollo normativo

Disposizione final quintaTítulo competencial

Disposizione final sextaEntrada en vigor

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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