Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Articolo 418
In vigore · versione del 23 dic 2022
Artículo 418. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas titulares de una tarjeta sanitaria individual en vigor que, en una fase posterior a la emisión inicial de la misma, no dispongan de ella por causa no imputable a la Administración, en los casos de robo, rotura o extravío por sus titulares, y soliciten su emisión a la Administración.
Se añade por el art. 23.12 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2012-12816.