Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Articolo 419
In vigore · versione del 23 dic 2022
Artículo 419. Exenciones.
Están exentos del pago de la tasa los perceptores de la Renta Mínima de Inserción.
Se añade por el art. 23.12 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2012-12816.