Instrumento de Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006.
Articolo 41Depositario
In vigore · versione del 3 mag 2008
Artículo 41. Depositario.
El Secretario General de las Naciones Unidas será el depositario de la presente Convención.