Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Carburos Vía Augusta Logistics, SL.
Articolo 33Privación de libertad
No se considerará injustificada la ausencia al trabajo por privación de libertad del/la trabajador/a, si éste/a fuera posteriormente absuelto/a de los cargos que hubieran dado lugar a su detención.