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Transformaci�n digital. Subvenciones.-Resoluci�n de 6 de junio de 2024, de la Secretar�a General, de concesi�n directa sin convocatoria de una subvenci�n a la Asociaci�n Profesional de Agricultores y Ganaderos-Asociaci�n Agraria J�venes Agricultores (APAG-ASAJA-C�ceres) para el desarrollo del programa "Competencias Digitales para el Sector Agrario en Zonas de Prioridad Demogr�fica", en las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperaci�n, Transformaci�n y Resiliencia, financiado por la Uni�n Europea - Next Generation EU.
X 2025060527/doees-x-doe-2025-410-202506052728 feb 2025
- Sezione di allegato primero Apartado primero. A la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible le corresponde, en virtud del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura org�nica de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, a trav�s de la Direcci�n General de Desarrollo Rural, la coordinaci�n de las actuaciones relativas a las pol�ticas sobre el reto demogr�fico y la fijaci�n de la poblaci�n en el territorio. La competencia para resolver corresponde a la Secretaria General de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible, en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del art�culo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, tras la modificaci�n realizada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administraci�n m�s �gil en la Comunidad Aut�noma de Extremadura (DOE n�m. 69, de 9 de abril). No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en la Directora General de Desarrollo Rural de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible, en virtud de la Resoluci�n de 2 de agosto de 2023, de la Secretar�a General, por la que se delegan determinadas competencias, as� como la firma de resoluciones y actos, en los �rganos administrativos de la Consejer�a (DOE n�m. 152, de 8 de agosto de 2023). Segundo. Mediante la presente resoluci�n se regula la concesi�n directa de una subvenci�n a la Asociaci�n Profesional APAG-ASAJA-CACERES, para el desarrollo del programa Competencias Digitales para el Sector Agrario en zonas de Prioridad Demogr�fica (anexo IV) durante las anualidades 2024, 2025 y 2026, en el marco del Plan de Recuperaci�n, Transformaci�n y Resiliencia. En base al objetivo CID 288 establecido en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Reto Demogr�fico, de 27 de abril de 2023, la Asociaci�n deber� alcanzar un n�mero m�nimo de 678 ciudadanos pertenecientes al sector agrario formados en competencias digitales b�sicas. Para acceder a la subvenci�n, la entidad beneficiaria no est� incursa en las prohibiciones para obtener la condici�n de beneficiaria del apartado 2 del art�culo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. Dicho extremo ha quedado acreditado en el expediente con anterioridad a la presente resoluci�n de concesi�n, en los t�rminos previstos por el apartado 7 del art�culo 12 de dicha Ley y, en su caso, justific�ndose mediante declaraci�n responsable. Por otra parte, a la firma de la presente, la Asociaci�n se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda auton�mica. El apartado segundo del mismo art�culo 32 establece que la concesi�n de estas subvenciones se efectuar� a solicitud del interesado y se instrumentar� mediante resoluci�n o convenio, previa acreditaci�n en el expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican la concesi�n directa. La subvenci�n ser� otorgada por el procedimiento de concesi�n directa, al amparo de lo dispuesto en el art�culo 32.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en relaci�n con el art�culo 22.4.c) del mismo texto legal, habi�ndose iniciado el procedimiento de concesi�n mediante solicitud presentada por la entidad beneficiaria el d�a 15 de marzo de 2024. Junto a la solicitud, la entidad present� su memoria de plan formativo. Adem�s, la Ley 3/2022, de medidas ante el reto demogr�fico y territorial, recoge en su art�culo 20 que se podr�n aprobar l�neas de ayudas, mediante el procedimiento de concesi�n directa, destinadas a financiar espec�ficamente proyectos que ayuden a afrontar el reto demogr�fico. Por todo ello, en virtud de lo anteriormente expuesto,
- Sezione di allegato primero Apartado primero. Objeto
- Sezione di allegato segundo Apartado segundo. Entidad beneficiaria
- Sezione di allegato tercero Apartado tercero. Razones justificativas de la concesi�n directa
- Sezione di allegato cuarto Apartado cuarto. Actividad subvencionada
- Sezione di allegato quinto Apartado quinto. Recursos a emplear
- Sezione di allegato sexto Apartado sexto. Cuant�a econ�mica
- Sezione di allegato octavo Apartado octavo. Pago de la subvenci�n
- Sezione di allegato noveno Apartado noveno. Justificaci�n
- Sezione di allegato decimotercero Apartado decimotercero. Condiciones espec�ficas para fondos del Mecanismo de Recuperaci�n y Resiliencia
- Allegato VI Metodolog�a de Seguimiento para la acci�n por el Clima (etiquetado verde)
- Allegato VII Metodolog�a para el etiquetado digital en el marco del Mecanismo
- Sezione di allegato decimocuarto Apartado decimocuarto. Incumplimiento y reintegro
- Sezione di allegato decimoquinto Apartado decimoquinto. R�gimen jur�dico aplicable
- Sezione di allegato decimosexto Apartado decimosexto. R�gimen de compatibilidad con la subvenci�n