CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES
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In force · version of Feb 6, 2026
Art. 91. En ausencia del Presidente de una Corte de Apelaciones, hará sus veces el ministro más antiguo de los que se encontraren actualmente reunidos en la sala del tribunal.
CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES
In force · version of Feb 6, 2026
Art. 91. En ausencia del Presidente de una Corte de Apelaciones, hará sus veces el ministro más antiguo de los que se encontraren actualmente reunidos en la sala del tribunal.