CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES
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In force · version of Feb 6, 2026
Art. 263. Los jueces de letras, los ministros de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones y los demás funcionarios judiciales serán nombrados por el Presidente de la República, con sujeción a las normas que se indican en los artículos siguientes.