Chile
In force Decreto ley 6 units
DL 102cl-decree-law-1924-11-18-102Nov 18, 1924
- Article 1
- Article 2 o Una vez terminadas las inscripciones, seguirán filiando a las personas indicadas en el artículo 5
- Article 3 o La filacion de los que se presenten a inscribirse en los Registros Electorales, se limitará a las operaciones indicadas en el artículo 30, del decreto-lei sobre elecciones ántes mencionado
- Article 4
- Article 5 o El servicio de identificacion tendrá el personal y sueldos señalados a continuacion:
- Article 6 o El personal de los gabinetes de identificacion gozará de todos los beneficos que la lei de unificacion de las policías número 4,052, de 8 de setiembre de 1924, acuerda a sus miembros