DECRETO-LEI N° 285, QUE DECLARA EN ESTADO DE SITIO LAS PROVINCIAS DE SANTIAGO, VALPARAISO Y ACONCAGUA.

Article 4o El Consejo Ordinario de Guerra o el Consejo de Oficiales Jenerales, resolviendo en única instancia, podrán condenar a las personas a confinamiento, estrañamiento, relegacion o destierro

In force · version of Feb 20, 1973