DL 119

"DISUELVE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL"

Article 1o- Disuélvese el Tribunal Constitucional, cesando en sus funciones sus actuales miembros, a contar de esta fecha

Article 2

Article 3o- El Gobierno dispondrá de los bienes muebles e inmuebles del Tribunal Constitucional y demás bienes destinados a su funcionamiento, para otros órganos y Servicios del Estado

Article 4o- Modifícase en la letra c), inciso 1

Article 5o- Sustitúyese en la letra i), inciso segundo, de la disposición 17a