DL 138

OTORGA SUBSIDIO QUE INDICA A LOS GRUPOS FAMILIARES QUE EXPLOTAN MINIFUNDOS EN LAS CONDICIONES QUE SEÑALA

Article 1Otórgase a los grupos familiares que explotan minifundos, entendiéndose por tales los definidos en la letra q) del artículo 1º de la ley número 16

Article 2

Article 3

Article 4El gasto que represente la aplicación de este decreto ley, el cual no podrá exceder de Eº 2