DL 218

PRORROGA, POR LOS PLAZOS QUE SEÑALA, LAS DISPOSICIONES QUE INDICA DE LA LEY 17.654 Y DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY 266, DE 1960, Y SU REGLAMENTO.

Article 1Los impuestos y aumentos de tasas establecidos en la ley número 17

Article 2Prorróganse, a contar del 1° de Enero de 1974 y hasta el 31 de Diciembre de 1976, las franquicias concedidas a las empresas pesqueras de conformidad con el D

Article 3La Junta de Gobierno podrá otorgar a las empresas pesqueras que se constituyan en el futuro, las franquicias que se contemplan en el D

Article 4Declárase que el sentido y alcance de la letra d) del artículo 2° del D

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