Ley 4.686

AUTORIZA LA INVERSION DE $ 150,000 EN LAS INSTALACIONES QUE NECESITE EL INSTITUTO BACTERIOLOGICO DE CHILE.

Article 1o Autorízase al Presidente de la República para invertir la suma de ciento cincuenta mil pesos, ($ 150,000) en las instalaciones que necesite el Instituto Bacteriológico de Chile

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