🇨🇱 Chile
In force Ley 5 units
AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR HASTA LA SUMA DE $ 1.000,000 EN LA ADQUISICION DE UN TERRENO, CONSTRUCCION DE UN EDIFICIO Y DOTACION DE LOS TALLERES DE LA ESCUELA DE ARTESANOS DE OSORNO; LA DE $ 1.000,000 EN LA CONSTRUCCION DEL EDIFICIO DEL LICEO DE NIÑAS DE OSORNO; LA DE $ 600,000 EN AMPLIAR LOS EDIFICIOS DEL INTERNADO Y DEL LICEO DE HOMBRES DE OSORNO; $ 400.000 EN LA CONSTRUCCION DE UN GIMNASIO, Y $ 150,000 PARA LA TERMINACION DEL GIMNASIO Y ESTADIO DE ANCUD
Ley 7.371cl-law-1942-12-11-7371Dec 11, 1942
- Article
- Article 2 Se autoriza igualmente al Presidente de la República para invertir hasta la suma de un millón de pesos ($ 1
- Article 3 El gasto que importe la aplicación de la presente ley se financiará con cargo a las entradas provenientes de la ley número 7,160, de 21 de Enero de 1942, y a contar desde el 1° de Enero de 1943
- Article 4 Anualmente se consultará en la Ley de Presupuestos las cantidades necesarias para la continuación de las obras hasta su terminación
- Article 5 Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"