🇨🇱 Chile
Ley 6 units
CONCEDE FACULTADES EXTRAORDINARIAS AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Ley 8.837cl-law-1947-08-22-8837Aug 22, 1947
- Article 1
- Article 2 o Autorízase al Presidente de la República para declarar en estado de sitio una parte o todo el territorio nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el N
- Article 3
- Article 4
- Article 5 o Las disposiciones de los artículos 1
- Article 6 o La presente ley regirá a contar desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"