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🇨🇱 Chile
Ley 6 units

AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR LA CANTIDAD DE CINCUENTA MILLONES DE PESOS EN LAS OBRAS PUBLICAS QUE INDICA

Ley 9.072cl-law-1948-10-06-9072Oct 6, 1948

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  1. Article
  2. Article 2 o Supleméntase en la suma de diez y ocho millones doscientos cincuenta y cuatro mil doscientos diez y ocho pesos 72/100 ($ 18
  3. Article 3 o Los saldos al 31 de Diciembre del presente año de los fondos a que se refiere esta ley, quedarán sujetos a las disposiciones de la ley N
  4. Article 4
  5. Article 5 o El gasto que importa la presente ley se financiará con las mayores entradas producidas durante el primer semestre del presente año en la cuenta "d-10-h-Otras entradas eventuales no clasificadas"
  6. Article 6 o Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial"

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Ley 9.072 — citenza.io/law/cl-law-1948-10-06-9072

Official source
CCitenza

Source-grounded legal intelligence by Datons.

citenza.io