ESTABLECE POR EL PLAZO QUE INDICA UN IMPUESTO ADICIONAL DEL 2 POR MIL ANUAL A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLARRICA, SOBRE LOS BIENES RAICES DE DICHA COMUNA
Article 3
In force · version of Nov 20, 1948
Artículo 3°.- El Club Aéreo Civil de Villarrica invertirá el producto de estas entradas en la construcción de un hangar, arreglo de su pista de aterrizaje, reparación del camino de acceso al aeródromo y en el mantenimiento de su material de vuelo.