AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CURICO PARA QUE EN LA FORMA QUE SEÑALA CONTRATE UNO O VARIOS EMPRESTITOS HASTA POR LA SUMA DE $ 2.500.000
Article 3El producto del empréstito o préstamos se invertirá exclusivamente en la terminación del Teatro Municipal y en la adquisición del mobiliario y utilería indispensables para su funcionamiento
In force · version of Aug 24, 1949
Artículo 3°.- El producto del empréstito o préstamos se invertirá exclusivamente en la terminación del Teatro Municipal y en la adquisición del mobiliario y utilería indispensables para su funcionamiento.