Ley 10.617

AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA ENTREGAR A LA MUNICIPALIDAD DE PERQUENCO LA SUMA QUE INDICA.

Article

Article 2o La Municipalidad de Perquenco llamará a propuestas públicas para efectuar las obras a que se refiere la letra a) del artículo anterior

Article 3o El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al mayor rendimiento que produzca la cuenta C-24-c) del Cálculo de Entradas del Presupuesto vigente"