Ley 11.053

AUTORIZA A LA JUNTA CENTRAL DE BENEFICENCIA PARA CONTRATAR PRESTAMOS POR LA SUMA QUE SEÑALA.

Article

Article 2o Para los efectos de la contratación del o los préstamos, no regirán las disposiciones restrictivas de la Ley Orgánica de la Caja Nacional de Ahorros

Article 3o La Junta Central de Beneficencia invertirá una cantidad no inferior a $ 15

Article 4