Ley 11.175

ADOPTA LAS MEDIDAS QUE INDICA EN RELACION CON LOS OFICIALES SUPERIORES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y LA APLICACION DE LA LEY N° 10,343

Article

Article 2o Derógase el artículo 7

Article 3

Article 4o Tendrán derecho a los beneficios establecidos en el artículo 12 de la ley 8,762, modificado por el artículo 56 de la ley N

Article 5o Los actuales Oficiales Guardieros y de Cargo del Arsenal (T) tendrán la asimilación de Capitán de Corbeta Piloto, gozando de los beneficios y remuneraciones asignados a este grado

Article 6o Agrégase el siguiente inciso al artículo 56 de la ley 10,343:

Article 7o Reemplázanse en los números 178 y 181 del artículo 7

Article 8

Article 9o Los beneficios que otorga esta ley se concederán desde su publicación en el "Diario Oficial", incluso los efectos del artículo 1