Ley 11.847

MODIFICA EL CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES

Article 1o Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales:

Article 2o Substitúyese el artículo 44 del Código Orgánico de Tribunales, por el siguiente:

Article 3o La presente ley comenzará a regir dos meses después de su publicación en el Diario Oficial"

Article 1

Article 2o Los Juzgados que se crean por la presente ley, entrarán a conocer de los negocios judiciales que se promuevan después de su vigencia

Article 3