Ley 12.889

MODIFICA LA LEY GENERAL DE ELECCIONES

Article

Article 2o Redúcese, a contar del 1

Article 3

Article

Article 2o Autorízase al Presidente de la República para refundir en un solo texto que tendrá numeración de ley, las disposiciones de la Ley General de Elecciones, con las de la presente"