Ley 16.493

FACULTA A LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CORPORACION DE SERVICIOS HABITACIONALES PARA REDUCIR APORTE MINIMO EXIGIDO EN CASOS CALIFICADOS

Article 1

Article 2Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de 1966 el plazo fijado a la Fundación de Viviendas y Asistencia Social, por leyes números 14

Article 3Mientras no se decreten los traspasos de los diversos ítem de las partidas y capítulos de los presupuestos a que aluden los artículos 1° y 2° transitorios de la ley número 16