Ley 16.653

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE TIERRA AMARILLA PARA EXPROPIAR LOS PREDIOS QUE SEÑALA

Article 1Decláranse de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Tierra Amarilla para expropiar cinco predios que en conjunto tienen una superficie total de 11

Article 2Transfiéranse a la Municipalidad de Tierra Amarilla y en forma gratuita los terrenos fiscales que se indican:

Article 3

Article 4Los predios individualizados en los artículos 1° y 2° de la presente ley, serán destinados por la Municipalidad de Tierra Amarilla a la construcción de un Estadio Municipal