Ley 16.653

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE TIERRA AMARILLA PARA EXPROPIAR LOS PREDIOS QUE SEÑALA

Articolo 1Decláranse de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Tierra Amarilla para expropiar cinco predios que en conjunto tienen una superficie total de 11

Articolo 2Transfiéranse a la Municipalidad de Tierra Amarilla y en forma gratuita los terrenos fiscales que se indican:

Articolo 3

Articolo 4Los predios individualizados en los artículos 1° y 2° de la presente ley, serán destinados por la Municipalidad de Tierra Amarilla a la construcción de un Estadio Municipal

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

citenza.io