Ley 16.884

MODIFICA EL ARTICULO 1.o DE LA LEY N.o 11.464 Y DA NORMA INTERPRETATIVA DEL ARTICULO 18.o DE LA LEY N.o 16.392

Article 1o- La Corporación de Servicios Habitacionales podrá transferir a los actuales ocupantes los inmuebles comprendidos en compras o expropiaciones efectuadas de acuerdo a la ley número 11

Article 2o- Se declara que dentro del sentido y alcances del inciso primero del artículo 18 de la ley N