Ley 17.690

AMPLIA PLAZO PARA OTORGAR BENEFICIOS A IMPONENTES CAJA EMPART ATACAMA Y COQUIMBO

Article

Article 2

Article 3

Article 4Las instituciones de previsión otorgarán los préstamos a que se refiere esta ley con cargo a sus excedentes, para lo cual se entenderán modificados sus respectivos Presupuestos

Article 5

Article Dentro del plazo de 60 días, contado desde la publicación de esta ley el Presidente de la República dictará el reglamento para la aplicación del artículo 2